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Los desahucios se suspenden durante seis meses y se establece una moratoria de alquileres para grandes tenedores

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un decreto con medidas para mitigar el impacto del coronavirus en el mercado del alquiler, que incluye la suspensión de los desahucios durante seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma. En la imagen, rueda de prensa tras el Consejo de Ministros de este martes.

Estas medidas tendrá un coste de 700 millones de euros y da la posibilidad a los inquilinos de pedir a sus propietarios retrasos en el pago de los alquileres, aunque distingue entre grandes y pequeños propietarios.

El Gobierno lanza un programa ayudas de 700 millones de euros para mitigar el impacto del coronavirus en el alquiler

La moratoria en el pago de alquileres es prácticamente automática para aquellos arrendatarios en situación de vulnerabilidad cuyo arrendador sea un gran tenedor de vivienda, tanto público como privado, incluido el Fondo Social de Vivienda de las entidades financieras. Se entiende gran tenedor al que posea más de diez inmuebles.

Una vez superada dicha situación, el inquilino devolverá la cuota o cuotas no pagadas a lo largo de un periodo no superior a tres años, sin que pueda aplicársele ningún tipo de penalización ni intereses.

El decreto también contempla la posibilidad de que el arrendador reduzca voluntariamente la renta en un 50% durante el periodo de vulnerabilidad o en un plazo máximo de cuatro meses.

Pequeños propietarios

Pero si el arrendador es un pequeño propietario (algo que sucede en el 85% de los casos), éste podrá aceptarlo, negociar con el inquilino o negarse a conceder esa moratoria. En cuyo caso, el inquilino tendrá acceso a un programa de ayudas que sufragará el pago de la renta.

Según explican desde el Gobierno, el inquilino podrá solicitar un crédito finalista, directamente pagado al arrendador, por importe de hasta seis mensualidades de la renta de alquiler, a devolver en un periodo máximo de diez años. Este crédito no tendrá interés, será concedido por las entidades de crédito y contará con el aval del Estado, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), que firmará el correspondiente acuerdo con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

En cualquier caso, no se podrán realizar desahucios durante seis meses a contar desde la entrada en vigor del estado de alarma, el pasado 14 de marzo.

El plan incorpora un programa específico para víctimas de violencia de género, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables, a fin de dotarles de una solución habitacional inmediata.

De esta forma, se establece una ayuda de hasta 600 euros al mes, que puede elevarse en casos justificados hasta 900 euros, siempre con un límite del 100% de la renta del inmueble, y se añaden otros 200 euros para la atención de los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos, con un límite del 100% de los mismos.

Se amplía la moratoria hipotecaria e incluye a propietarios y autónomos

El Gobierno también ha ampliado de uno a tres meses la moratoria en el pago de hipotecas para los ciudadanos en situación de vulnerabilidad afectados por la crisis del coronavirus. Además ha incluido entre los posibles beneficiarios de esta medida a propietarios (“personas físicas”) de vivienda que sufran impagos de alquiler, así como a los locales y oficinas de autónomos cuya actividad haya sido suspendida por el estado de alarma o cuya facturación haya caído significativamente.

Esta moratoria en el pago de hipotecas se amplía a los créditos y préstamos no hipotecarios que mantengan las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo los créditos al consumo. En este sentido, el Consejo de Ministros de este martes también clarifica que las cuotas suspendidas no se abonan al finalizar la suspensión, sino que todos los pagos restantes se posponen por idéntico periodo.

Además, se establece que para acreditar la situación de vulnerabilidad derivada del estado de alarma sea suficiente con una declaración responsable del beneficiario sobre su situación.

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