Las agencias inmobiliarias podrán reabrir al público a partir de hoy y retomar, así, la actividad comercial después de dos meses cerradas por el estado de alarma, excepto aquellas que tengan una superficie superior a los 400 metros cuadrados, o que se encuentren dentro de un centro o parque comercial según el plan de desescalada de confinamiento diseñado por el Gobierno., de acuerdo con el contenido del BOE 123 publicado ayer.
El Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria informa a todo el sector que, de acuerdo con el “Plan para la Transición hacia una nueva normalidad” y las medidas extraordinarias publicadas ayer en el BOE 123, se inicia la fase de reapertura y reactivación, y explica las condiciones para hacerlo con total garantía.
Condiciones para la reapertura
Desde el Consejo se especifica que, para poder retomar la actividad, las agencias deberán establecer un sistema de cita previa para garantizar que sólo haya un único cliente por trabajador; garantizar la atención individualizada con la debida separación física y organizar franjas horarias de atención para evitar que los mayores de 65 años coincidan con el resto de los clientes, entre otras indicaciones recogidas en la normativa.
En detalle, y según ha decretado el Gobierno nacional, las agencias deberán establecer un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de los mismos. Y el tiempo de permanencia en los establecimientos y locales será el estrictamente necesario para que los clientes puedan recibir la prestación del servicio.
Además, deben garantizar la atención individualizada al cliente con la debida separación física de 2 metros o, en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas.
Igualmente, en los establecimientos en los que sea posible la atención personalizada de más de un cliente al mismo tiempo deberá señalarse de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.
Asimismo, las agencias deben establecer un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo.
No pondrán abrir hoy las agencias de más de 400 m2 o que estén dentro de un centro o parque comercial
Higiene
En materia de seguridad e higiene, se realizará, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características.
También se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador.
No se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso estrictamente necesario. En este último caso, se procederá de inmediato a la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta.
Se deberá disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente y al menos una vez al día. Y al mismo tiempo se pondrá a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad antivirus autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en la entrada del local, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
En relación a los riesgos laborales, el Consejo recuerda a los agentes de la propiedad inmobiliaria que “el titular de la actividad económica que se realice en el establecimiento o local deberá cumplir, en todo caso, con las obligaciones de prevención de riesgos establecidas en la legislación vigente, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio del COVID-19.
Y clara sobre el control horario de los trabajadores que “el fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas para protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida”.








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