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Sobre la nueva ‘Ley de ascensores’ y la seguridad

Tribuna de Jaime Llantada, CEO de Ciudadela

Han sido tal la cantidad de llamadas, mensajes y emails que hemos recibido en Ciudadela como consecuencia de la conocida como “Ley de ascensores”, que he creído conveniente escribir este artículo y explicar lo mejor que pueda cómo vemos nosotros la situación.

Como algunos de ustedes sabrán, el 1 de julio ha entrado en vigor El Real Decreto 355/2024 por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores» aprobado por el Consejo de ministros y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 13 de abril. A priori, podría ser uno de los muchos de Reales Decretos que se aprueban semanalmente y pasan desapercibidos, pero por su enorme repercusión no ha sido así. Y esto se debe principalmente a que, según la Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA), España tiene 1.180.000 ascensores, es decir, somos el país con más ascensores por habitante del planeta (19,8), seguido de Italia, Corea del Sur y Francia.

Por eso, es normal que nuestra primera reacción sea llevarnos las manos a la cabeza y nos entre el pánico temiendo una derrama “de las gordas” en el corto plazo. Para que se hagan una idea, en Ciudadela gestionamos 1.100 comunidades de vecinos, y créanme, si nosotros no hemos entrado en pánico es porque creemos sinceramente que esta norma, aunque en algunos casos pueda ser costosa en lo económico, sin duda beneficiará a las comunidades en el largo plazo, sobre en todo en lo concerniente a materia de seguridad.

Según las primeras estimaciones, de ese algo más de un millón de ascensores que hay en España, la normativa puede afectar a nada menos que 400.000. Son muchos, pero no hay que asustarse. Al contrario de lo que algunos agoreros han asegurado, esta normativa no pretende que todos cambiemos nuestros ascensores. Para empezar, los cambios se harán de forma progresiva y en función de cuando corresponda la inspección de cada ascensor que, si nos ceñimos a la norma, se realizan cada cuatro o seis años según el caso de cada comunidad.

Por tanto, habrá algunas comunidades, con los ascensores más antiguos e inseguros, que sí tendrán que cambiar sus aparatos totalmente, pero lo cierto es que la gran mayoría de comunidades solo tendrán que adaptar sus ascensores a las nuevas especificaciones técnicas y de seguridad, si es que no están ya adaptados, repercutiendo un gasto que puede variar muchísimo en función de cada caso y necesidad dependiendo del tipo de adaptación que se necesite en cada comunidad para cumplir la normativa.

Pero lo cierto es que la naturaleza de esta nueva normativa, su esencia, es velar por la seguridad de todos los usuarios. Modernizar los ascensores no responde a un capricho, sino más bien a una necesidad. ¿Cuántas veces han entrado en un ascensor cochambroso y han sentido verdadero miedo por el estado calamitoso en el que se encontraba? A mí personalmente, dada la naturaleza de mi trabajo, me ha pasado en varias ocasiones. Por eso, personalmente me alegro de que por fin se unifiquen los criterios y estándares de calidad de los ascensores de tal forma que se pueda garantizar la seguridad y así poder evitar accidentes que son totalmente innecesarios.

Esta normativa, entre otras medidas para incrementar la seguridad, pretende incidir en la nivelación deficiente, la protección con el cierre de puertas, la protección con los movimientos incontrolados, la comunicación bidireccional con el exterior y la sustitución de las guías, los dispositivos de control de carga y los contrapesos en caso de que sea necesario. Muchas cosas y, en mi opinión, muy necesarias todas ellas.

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