En el caso de la rehabilitación conjunta de edificios, a nivel barrio, la intensidad de las subvenciones puede ascender hasta el 80% del coste, con un límite de 21.400 € por vivienda. Estas ayudas irán destinadas principalmente a sufragar las actuaciones sobre la envolvente térmica (fachada, cubiertas, etc.), alcanzando la mencionada máxima intensidad siempre que la actuación consiga reducir el consumo de energía primaria no renovable del edificio en más de un 60%. Para reducciones del citado consumo de entre el 30% y el 45%, la intensidad de la subvención será del 40%, y para reducciones de entre el 45% y el 60%, la subvención asciende a un 65%.
En el programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. La intensidad máxima de las ayudas se condiciona al ahorro energético final de la actuación (desde el 40% hasta el 80%). La cuantía máxima de la subvención podrá alcanzar los 18.800 euros por vivienda. Si bien, en caso de que se cumpla el criterio social en propietarios o usufructuarios (identificación de situaciones de vulnerabilidad), podrá llegar al 100% del coste de la actuación. Se aplicará a través de convocatorias públicas de las diferentes Comunidades Autónomas.
Para el caso de las actuaciones de rehabilitación a nivel de vivienda, la subvención puede alcanzar un 40%, con un límite de 3.000€. En este caso, las ayudas incentivarán, por ejemplo, los cambios de ventana que permitan reducir el consumo energético.
Desde la rehabilitadora de Vía Ágora indican que “para solicitar las subvenciones será necesario presentar un conjunto de documentación administrativa, una memoria descriptiva o proyecto de las actuaciones, los certificados energéticos de la situación inicial y final y el presupuesto y licencia de las actuaciones. La solicitud deberá formalizarse a través de la sede electrónica de la comunidad autónoma correspondiente”.
Y avisan que “una vez convocadas es necesario actuar con rapidez, ya que las subvenciones se otorgan en régimen de concurrencia simple, es decir, por riguroso orden de presentación, siempre y cuando se cumplan los requisitos. El plazo máximo que tienen las comunidades autónomas para conceder la ayuda es de tres meses desde la fecha de solicitud. Y una vez realizadas las actuaciones subvencionadas, será necesario aportar documentación justificativa de carácter técnico y también acreditativa del gasto realizado”.
De los 3.400 millones de los fondos destinados a incentivar las actuaciones de rehabilitación edificatoria residencial y vivienda, una parte importante ya ha sido transferida a las comunidades autónomas, quienes están trabajando en lanzar las correspondientes convocatorias de ayudas, recuerdan desde Agentia RPlus y Rehabiterm.
De todas las comunidades, Extremadura ha sido con diferencia la más rápida, pues publicó su convocatoria a finales de 2021. Nos consta que otras comunidades como Galicia, Andalucía o Valencia están avanzando con mayor celeridad. La primera de ellas convocó a finales de febrero las ayudas a nivel de vivienda, quedando pendientes los programas de ayudas a nivel de edificio. Para el caso de la Comunidad de Madrid, la convocatoria se espera para abril-mayo.